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CSJ Sala Laboral AL1126 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-06 V.00 MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Magistrada ponente AL1126-2026 Radicación n.° 05001-31-05-007-2023-00426-01 Acta 4 Bogotá D. C., once (11) de febrero de dos mil veintiséis (2026) La Sala decide el recurso de queja que el apoderado judicial de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) presentó contra el auto que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín profirió el 19 de agosto de 2025, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia del 4 de junio de 2025, en el proceso ordinario laboral que EDDY ALEXANDER DINNENY GALLO promovió contra la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍA PROTECCIÓN SA y la recurrente. I. ANTECEDENTES Eddy Alexander Dinneny Gallo instauró demanda ordinaria laboral contra Colpensiones y Protección SA, con el Radicación n.° 05001-31-05-007-2023-00426-01 SCLAJPT-06 V.00 2 fin de que se declarara la ineficacia y/o «nulidad» de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), así como el traslado con destino a Colpensiones de todos los aportes realizados junto con los rendimientos, teniendo en cuenta el porcentaje correspondiente a los gastos de administración, primas de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia y lo destinado al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexados. Asimismo, solicitó que se condenara a Colpensiones al pago de los intereses de mora o, subsidiariamente, la indexación, en caso de que a la fecha de proferir sentencia se acreditaran los requisitos para acceder a la pensión de vejez; las costas del proceso y lo que resulte probado en uso de las facultades ultra y extra petita. En forma subsidiaria, el demandante solicitó que Protección SA le reconociera, a título de indemnización de perjuicios lo correspondiente al lucro cesante futuro, la diferencia existente entre la mesada que llegara a recibir en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad RAIS y la que podría recibir en el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD), desde la fecha en que causó el derecho a la pensión de vejez hasta su fallecimiento y, posteriormente la sustitución a sus beneficiarios. Además, pidió el reconocimiento del daño extrapatrimonial en la suma de 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Radicación n.° 05001-31-05-007-2023-00426-01 SCLAJPT-06 V.00 3 Mediante sentencia de 22 de octubre de 2024, el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Medellín resolvió (f.os 492 a 505 del c. del Juzgado): PRIMERO: DECLARAR la INEFICACIA del traslado efectuado por el señor EDDY ALEXANDER DINNENY GALLO al régimen de ahorro individual con solidaridad administrado por PROTECCI[Ó]N SA en el año 1994. SEGUNDO: DECLARAR que el demandante se encuentra válidamente afiliado al Régimen de Prima Media con Prestación Definida administrado por COLPENSIONES sin solución de continuidad. TERCERO: CONDENAR a PROTECCI[Ó]N S.A[.] a trasladar con destino a COLPENSIONES, los montos existentes en la cuenta de ahorro individual del demandante con los rendimientos y bono pensional si ha sido efectivamente pagado, con exclusión de los valores pagados por primas, gastos de administración y porcentaje del fondo de garantía de pensión mínima, conforme a lo señalado en la parte motiva de esta providencia. CUARTO: CONDENAR a COLPENSIONES a validar la afiliación del demandante y recibir la devolución de los dineros ordenada en este proveído, además de tener en cuenta el tiempo cotizado por el demandante en el RAIS, como semanas cotizadas que deberán reflejarse íntegramente en su historia laboral. QUINTO: ABSOLVER a COLPENSIONES del reconocimiento de la pensión de vejez, pago de intereses moratorios del art[.] 141 de la Ley 100 de 1993 e indexación, conforme con lo señalado en la parte motiva de este proveído. SEXTO: DECLARAR probada la excepción denominada NO PROCEDENCIA AL PAGO DE COSTAS EN INSTITUCIONES ADMINISTRADORAS DE S
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1126-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1126-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho