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Sentencia STC026-2026 — Kelsen
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Sentencia2026

Sentencia STC026-2026

CSJ Sala Civil STC026 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada ponente STC026-2026 Radicación n.º 54001-22-13-000-2025-00345-01 (Aprobado en sesión de veintiuno de enero de dos mil veintiséis) Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se resuelve la impugnación del fallo proferido el 25 de noviembre de 2025 por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cúcuta, en la tutela que Juan de Dios Jaime Nieto instauró contra el Juzgado Quinto de Familia de esa ciudad, extensiva a los demás intervinientes en el consecutivo 2023-00588-00. ANTECEDENTES 1.- El libelista, por medio de apoderado, invocó la guarda del derecho al «debido proceso», para que, con el propósito de: «revocar la sentencia respecto del fallo de primera instancia fecha 18 de marzo de 2025, dictado por el Juzgado Quinto de Familia de Cúcuta en Oralidad, dentro del proceso radicado 2023- 00588-00 y en consecuencias (sic) se declaren NULAS». Radicación n.º 54001-22-13-000-2025-00345-01 2 En síntesis, adujo que una vez enterado del trámite de liquidación de la sociedad patrimonial formulada por Jaqueline Contreras Murillo (rad. 2023-00588-00), compareció y formuló oposición a los inventarios presentados, al considerar que el inmueble relacionado constituía un bien propio. No obstante, en la audiencia de inventarios y avalúos, el juzgado apreció que tenía carácter social y debía integrar la masa a liquidar; luego aprobó la partición y adjudicación (18 mar. 2025) negándose posteriormente su aclaración (11 abr.) Afirmó que promovió incidente de nulidad con el propósito de retrotraer lo decidido; sin embargo, este fue rechazado por no indicar la causal en que se sustentaba (8 jul. 2025), determinación que fue confirmada por el superior (25 sep.). En su opinión, con la providencia aprobatoria de la partición del 18 de marzo de 2025 se afectaron sus prerrogativas fundamentales, en tanto, el estrado desconoció su obligación legal y constitucional de observar la condición jurídica de los bienes objeto de la demanda, omitiendo efectuar un control de legalidad, pues, se incluyó una propiedad que por ley no tenía que incorporarse, aunado a que no contó con una debida defensa técnica pues su abogada, sin estar facultada para ello, avaló el trabajo de partición realizado por su contraparte, olvidando que en la contestación había solicitado su exclusión. Radicación n.º 54001-22-13-000-2025-00345-01 3 2.- El Juzgado Quinto de Familia de Cúcuta hizo un recuento de las actuaciones surtidas en el dossier confutado y manifestó que se ha surtido el trámite pertinente acatando el debido proceso de las partes. Jaqueline Contreras Murillo se opuso al amparo ya que, el accionante tuvo la oportunidad de objetar los inventarios y el trabajo de partición, sin embargo, no dijo nada y posteriormente acudió a la nulidad, la cual fue rechazada, evidenciándose que lo que pretende ahora es revivir oportunidades procesales perdidas. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA E IMPUGNACIÓN 1.- La Sala Civil Familia del Tribunal de Cúcuta desestimó el resguardo, tras advertir que se incumplió el presupuesto de la subsidiariedad, toda vez que, frente al proveído de 18 de marzo de 2025 guardó silencio y en torno a las críticas por la gestión de su defensora, tal situación escapa del radio de acción del juez de tutela. 2.- El querellante impugnó con las mismas inconformidades de la demanda y, agregó, que no se le puede endilgar la responsabilidad de no acudir a los recursos en el legajo criticado, pues, «le había entregado un poder a una abogada con el fin de que lo representara y velara por sus intereses, lo cual incumplió con sus deberes dejándolo en estado de indefensión», por lo que, se debe acceder al auxilio, por cuanto es palpable que Radicación n.º 54001-22-13-000-2025-00345-01 4 «no se le respetaron sus mínimos constitucionales y siendo el juez conocedor de la causa, debió tutelar en su momento sus derechos». Jaqueline Contreras Murillo allegó escrito rogando mantener la negativa del socorro porque no se probó af

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC026-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC026-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela