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Sentencia STC030-2026 — Kelsen
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Sentencia2026

Sentencia STC030-2026

CSJ Sala Civil STC030 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada Ponente STC030-2026 Radicación n.° 11001-02-04-000-2025-02689-01 (Aprobado en sesión de veintiuno de enero de dos mil veintiséis) Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se dirime la impugnación del fallo proferido el 28 de octubre de 2025 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en la tutela promovida por Patricia García Rojas contra la Sala de Descongestión N°2 de la Sala de Casación Laboral de esta Corporación, extensiva a los demás intervinientes en el consecutivo 2021-00449-00/01. ANTECEDENTES 1.- La libelista, por medio de apoderado, reclamó la guarda de las prerrogativas «al debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia, seguridad social, mínimo vital y dignidad humana», para que: i) se «deje sin efecto la sentencia SL 3323-2024 con radicado número 103394 de fecha proferida por la Sala de Radicación n.° 11001-02-04-000-2025-02689-01 2 Descongestión número dos (2) de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia» (25 nov. 2024); ii) se «profiera una nueva sentencia dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido». Del dossier se extrae que la gestora promovió proceso contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, buscando el reconocimiento de la sustitución pensional de la prestación por vejez con ocasión del fallecimiento de su cónyuge Guillermo Matallana Villaquirán, trámite en el cual, el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Cali negó las pretensiones de la demanda (26 nov. 2021); decisión confirmada por la Sala Laboral del Tribunal de Cali (1° sep. 2023). También, que presentó recurso extraordinario de casación, y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia dispuso no casar la providencia adoptada por el Tribunal (CSJ SL3323-2024, 25 nov). La actora adujo que esta última decisión vulneró sus derechos fundamentales porque desconoció la jurisprudencia consolidada y los principios de protección de los afiliados al sistema pensional, en tanto que se basó exclusivamente en el requisito de edad, sin tomar en cuenta las más de 1.400 semanas de cotización debidamente acreditadas. Por ello, aseguró que la accionada desconoció la jurisprudencia precedente (SL17413-2017 y SL16811-2015) y el régimen de transición del artículo 36 de la Ley 100 de Radicación n.° 11001-02-04-000-2025-02689-01 3 1993, con base en los cuales, la edad mínima debía considerarse a la fecha del fallecimiento y no al cumplimiento de los 60 años. 2. La Sala de Casación Laboral manifestó que «debe resaltarse que en la providencia objetada están consignadas las razones de hecho y de derecho que llevaron a dicha Sala de Casación a resolver el problema jurídico» y pidió que se niegue el amparo. Colpensiones se opuso al amparo, en la medida que el proveído cuestionado ya hizo tránsito a cosa juzgada y no ha vulnerado atributo básico alguno. El Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación pidió su desvinculación, por no haber sido parte en el litigio objetado. FALLO DE PRIMER GRADO Y SU IMPUGNACIÓN 1.- La Sala de Casación Penal desestimó el resguardo al advertir la razonabilidad de la providencia cuestionada. Señaló que «la Sala de Casación Laboral expuso de manera motivada las razones por las cuales decidió no casar la providencia emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, coincidiendo en que, en el caso analizado, no resultaba procedente la aplicación del principio de la condición más beneficiosa». 2.- La tutelante impugnó e insistió reiterando los argumentos iniciales. CONSIDERACIONES Radicación n.° 11001-02-04-000-2025-02689-01 4 1.- De entrada, se advierte que, si bien la salvaguarda no satisface el requisito temporal que ha establecido la jurisprudencia para su viabilidad, este se tiene por superado, teniendo en cuenta que el debate recae sobre «derechos pensionales» que ostentan carácter irrenunciable e imprescrip

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC030-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Sentencia

Número

STC030-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela